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Ajusticiamiento en un pueblo de indios: Silos, 1748

En el pueblo de Santo Domingo de Silos,[1] jurisdicción de Pamplona, Nuevo Reino de Granada, murieron tres mujeres en condiciones irregulares. Corría el año de 1748. Fue una de las primeras fundaciones del reino (1531) y la única en el territorio de la actual Colombia hecha por un alemán, Ambrosius Ehinger conocido como Ambrosio Alfinger y quien vino en la expedición patrocinada por los banqueros Welser. La región estaba poblada originalmente por indios záquetas y magarás.

Los reclamos del corregidor de naturales del partido de Servitá, Manuel Caballero, iluminan hoy un peculiar ajusticiamiento ocurrido a mediados del siglo XVIII.[2] Sin respetar los canales institucionales previstos, los alcaldes y capitanes del pueblo de Silos “prendieron” a Anastasia, Lorenza y Rosalía, a quienes “aceleradamente”, “pasaron a darles sentencia de ahorcamiento”. Las autoridades indias obviaron antes de proceder, dar conocimiento del problema al corregidor.

¿Qué hicieron estas tres mujeres indias para que merecieran tal castigo?

Ellas eran curanderas que al parecer no tenían éxito en sus curaciones pero que por su fama de “mohanas”,[3] cargaron con las culpas de un gran número de enfermedades y muertes de la gente del pueblo. Se dijo que tenían, al menos, diez aprendices del oficio y que por el ejercicio de este “arte diabólico”, “la más gente deste pueblo estaba enferma de sus maleficios y muchos que habían muerto por su causa”.[4] Uno de los capitanes, Lorenzo Bermúdez, afirmaba que “usaban de la habilidad de yerbateras”[5] y que “todo el pueblo clamó que si las soltasen nos acababan”.[6] Otro capitán se refirió a ellas como a “jeques y ministros del demonio”[7] y se dijo que eran “sabedoras de las artes de aujuela [sic: agüela]  y madre”.[8]

Las autoridades del pueblo indio mostraron este caso no como un ajusticiamiento fuera de la ley sino como una forma de autodefensa ante las autoras de males sobrenaturales.

Pero primero que todo estaba la ley. El corregidor era juez y habría tenido que dirimir este conflicto. El se hallaba en la ciudad de Pamplona, a solo medio jornada del sitio donde ocurrieron los hechos. El alcalde que dio la sentencia había fallecido.

El corregidor tomó en cuenta el sentimiento de los parientes de las ejecutadas pues esperaba “oir en justicia” a “los dolientes de las dichas indias ahorcadas”.

El primer paso para reparar este “sesgo” justiciero fue la petición por parte de Manuel Caballero de “los autos y pruebas por donde consta la sentencia que dieron a las tres indias”.

El primer auto fechado en 15 de abril de 1748 es del alcalde don Salvador Cabeza, quien aduce que las tres indias “debían muchas muertes” y tenían “mala naturaleza”, razón por la que pasó a prenderlas y a dictaminar la sentencia.

En el proceso dió cuenta de quienes se vieron perjudicados por las mohanas. Entre ellos reclamaban justicia, don Matías Cacua, su mujer e hijos. La mujer era hermana de Lorenzo Bermúdez, quien firmaba el auto anterior a petición del alcalde que no sabía firmar. La pareja estaba enferma. Habría matado también a José Cacua, capitán de Cáraba y a un esclavo y a María Dominga. Habrían encantado el hato de ganado de Antonio Hernández y le habían matado más de 50 reses.

El alcalde declaraba haber tenido tres días presas a las indias y haberles preguntado si en verdad tenían enfermo a don Matías, a lo que respondieron que “sería mal que dios le había dado”. Después del tormento, confesó que si le había hecho mal porque tenía un “cangrio en la barriga y que ya no tenía remedio”. Declaró Anastasia además de estas muertes y enfermos, seis más. Pasó a tormento Lorenza quien confesó 7 muertes además de la del alcalde Juan Coronista, que dice “las quería justificar”.[9] Y así, siguieron mencionando más muertes y enfermos a su paso.

El miedo patente que generaron esas tres mohanas fue justificado por las autoridades indias con una carta bien jugada. Dijeron que era “justo que pagaran sus delitos porque conocen que no tenemos más que un solo Dios que nos crio es el que nos ha de quitar la vida”. Incluso añadieron que aunque el cura no las asistió en el momento de la muerte, se “habían confesado y comulgado ocho días antes” cuando se les reclamó que murieron sin recibir la debida atención espiritual. Además de esto, dijeron que les habían rezado un rosario en la hora de su muerte.

Después de pedir perdón al corregidor por la “errata” de no haberle dado aviso del caso, este los exoneró diciendo que no había hallado cosa “fundamental, solo si precipitación” debida a la voluntad de toda la gente del pueblo, indios e indias, aclara, sumado a las confesiones de las indias. Claro está, confesiones bajo tormento.

El corregidor, amparado en que ningún “doliente” reclamó el fin de la causa, envió los autos respectivos a la Real Audiencia en Santafé, excusándose por la falta de papel sellado. No obstante, en 1750, la Audiencia consideró que ese castigo había sido cruel y se le pedía a Manuel Caballero hacer sumaria información con quienes habían participado de aquel ajusticiamiento.

Incluso el virrey tomó cartas en el asunto pidiendo librar una Real Provisión. Pero ni este corregidor ni su sucesor tomaron acción. En 1766 se cerró el caso ante la falta de respuesta de las autoridades.

La poca voluntad del corregidor y la precipitada acción de los alcaldes de Silos, así como los deseos de un grupo del pueblo nos hablan , entre otras cosas, de un miedo ante hechos que eran vistos como sobrenaturales y que debían cortarse de raíz. Todavía hoy este pueblo tiene fama de que en él viven mujeres con poderes especiales.

En un artículo publicado en el diario El Tiempo en 1999, “Silos, un pueblo que hechiza”, se documenta una entrevista con una “bruja” contemporánea, heredera de aquellas de 1748 y de otras más que corrieron la misma suerte 16 años después. http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-882936

Desafortunadamente no tenemos un expediente criminal en forma que nos permita llegar a entender la dinámica social del pueblo y las razones reales de las muertes provocadas por las tres “mohanas” de Silos, pero tenemos otros estudios sobre situaciones similares que pueden ayudar a contextualizar los eventos aquí narrados. Estas mujeres evidentemente poseían un saber y unos poderes que las hacían sospechosas. Y aunque con ello podían “beneficiarse personalmente y tener en algún momento reconocimiento social, con ello corrían el riesgo de la ambivalencia: la desconfianza de los orígenes de esos saberes y la envidia”. El chamán prehispánico, en este caso chamanas, “era una mezcla de curandero y hechicero, que dentro de la cultura hispánica fue demonizado y degradado”.[10]

Un estudio reciente basado en un expediente criminal contra indios del pueblo de Cayma en 1601 aporta interesantes aspectos de la relación entre la “mohanería” y la política a nivel local. En su estudio, Susana Matallana llama la atención sobre la relación entre el ejercicio de estas “artes” y el mantenimiento del equilibrio de la vida social y política.[11]

Esto quiere decir que Anastasia, Lorenza y Rosalía no murieron solamente por haber enfermado a sus congéneres o por malas prácticas médicas. Hubo algo más profundo que llevó a su rápida ejecución, a la violación de los canales de justicia hispánica justo en el momento en el que el cura se alejó del pueblo. Hubo algo más que miedo a ser exterminados por tres mujeres. Pero los documentos en este caso no nos permiten decir nada más.

[1] Población ubicada a 2845 metros sobre el nivel del mar. El municipio es parte del Páramo de Santurbán.

[2] Esta entrada está basada en el documento que reposa en el Archivo General de la Nación de Colombia. AGNC, Caciques e indios, 32, D.44.

[3] Mohán o mohana puede ser un sinónimo de chamán o brujo (a) curandero (a). Es un término local no asentado en el diccionario de la Real Academia española pero existen en Colombia leyendas nativas sobre estos personajes.

[4] AGNC, Caciques e indios, 32, D.44, fol.417r.

[5] AGNC, Caciques e indios, 32, D.44, fol.418r.

[6] AGNC, Caciques e indios, 32, D.44, fol.418r.

[7] AGNC, Caciques e indios, 32, D.44, fol.417r.

[8] Esta expresión puede ser que se relacione con la transmisión del saber de abuelas, a madres y a hijas, así como se da todavía hoy día.

[9] Aquí no es claro si quienes mataron al alcalde fueron otras personas por querer justificar las muertes hechas por las indias. Parecería que este es el sentido de la frase.

[10] Estas ideas son de Judith Faberman en su estudio Las salamancas de Lorenza. Magia, hechicería y curanderismo en el Tucumán colonial, 2005. Ella usa el término diabolizado en lugar de demonizado.

[11] Matallana Peláez, Susana. De officis de la Real Justicia contra Don Martín, indio del pueblo de Cayma y otros indios e indias por herbolarios (1601). Bogotá, ICANH, 2016.

Natalia Silva Prada

Especialista en historia cultural del periodo colonial americano. Doctora en Historia por El Colegio de México. Autora de Pasquines, cartas y enemigos. Cultura del lenguaje infamante en Nueva Granada y otros reinos americanos, siglos XVI y XVII (2021), Del arte de las escrituras antiguas (2018); 'Los Reinos de las Indias' y el lenguaje de denuncia política en el mundo Atlántico (s.XVI-XVIII) (2014); La política de una rebelión: los indígenas frente al tumulto de 1692 en la ciudad de México (2007); William Lamport, rey de las Américas y Emperador de los mexicanos (2009). Otros libros de su autoría y sus artículos de investigación científica pueden consultarse en https://loc.academia.edu/Natalia Silva Prada Es gestora y autora de los blogs: Los Reinos de las Indias, Paleografías Americanas y Love Cooking, Love History.

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