mundus alter 30: ser una cacica. por paula daza

Para nuestra entrada de hoy contamos con la colaboración de Paula Inés Daza Tobasura, una historiadora colombiana que se ha doctorado en el año 2018 en historia andina de Flacso sede Ecuador con la tesis “Gobernar en tiempos de cambio: las cacicas de la Audiencia de Quito en el siglo XVIII”.  Paula en esta entrada nos ilustra sobre la presencia y participación de las mujeres indias en el gobierno de sus pueblos. Le damos la palabra para que nos cuente sobre aspectos poco conocidos y de gran interés de la historia de las mujeres del siglo XVIII:

Ser una cacica

Paula Daza Tobasura

India gobernadora

 

No hay prohibición para que las mujeres administren cacicazgos,

pues de por sí los tienen en propiedad manejándolos libremente,

como sucede hasta en las monarquías de las que no se excluye el sexo femenino.[1]

 

Pensar a las cacicas

La historiografía sobre los cacicazgos en la Audiencia de Quito ha recabado, preferentemente, una narración masculina. Esta omisión en la historiografía se extiende al conjunto de la literatura sobre cacicazgos andinos coloniales en la cual las cacicas aparecen tangencialmente. Quizás, esta visión sesgada sea parte de la idea “generalizada de las mujeres indígenas como seres no políticos y no amenazantes” (Williams 2005, 174). Ese desdén por las cacicas también podría relacionarse con una mirada incompleta sobre la composición y estrategias de la élite indígena colonial que ha relegado la importancia de las mujeres en la creación de pactos familiares y políticos. Sin embargo, la permanente presencia de cacicas en la documentación revela su protagonismo en la vida política de los pueblos de la Sierra de la Audiencia de Quito. En ese orden el objetivo de este artículo es mostrar los cambios en el uso de la voz cacica, desde el siglo XVI al s. XVIII en la Audiencia de Quito para mostrar cómo la presencia de las mujeres indígenas en los pueblos de indios fue tomando protagonismo en el gobierno de los pueblos de indios.

 

El cacicazgo colonial se desvanece  

 

En el s. XVIII los cacicazgos en la Audiencia se habían convertido en espacios en disputa para la nobleza tradicional y para aquellos que estaban por fuera del núcleo de principales y que encontraron en ese contexto la oportunidad de alcanzar un nuevo reconocimiento y movilidad social. Esta situación se sumaba a la expansión y consolidación de las tierras de hacienda, al fortalecimiento político y económico del mundo criollo, al influjo de las reformas borbónicas, a las migraciones indígenas y a la ausencia de varones disponibles para heredar el cargo de cacique. Además, el debilitamiento de las redes de parentesco y reciprocidad entre los principales y sus tributarios, así como la emergencia de nuevas identidades, que  pusieron en entredicho los fueros y privilegios antes reconocidos para la república de indios.

 

La permeabilidad de la función cacical en la Audiencia produjo que  hombres y mujeres – que se destacan del resto y que se hallaban en la posibilidad de rivalizar con los caciques tradicionales intentaran tomar ese lugar. En ese escenario, es notario en la documentación la permanente presencia de mujeres acudiendo a las cortes para ser nombradas o ratificadas en el cargo de cacicas.

 

Creyéndose muy señora

 

Para observar el uso de la palabra cacica en los documentos se leyeron documentos del s. XVI, XVII y XVIII para contrastar el cambio de la acepción del vocablo. Durante el s. XVI y hasta la mitad del XVII, la huella de las cacicas quedó impresa principalmente en protocolos notariales de la Audiencia.[2] Ellas aparecen realizando trámites comunes para mujeres de la élite que participaban del mundo económico; ventas, compras, cesiones o redactando poderes y testamentos. En esas transacciones, cacica aludía a la esposa de un cacique, o la hija de un cacique, es decir una mujer perteneciente a una familia de nobles indígenas. Así también, cacica podía usarse o intercambiarse por el título doña. La categoría doña, se refería a personas con antepasados nobles. Otro detalle en los escritos notariales es que se anotaba el nombre de la cacica, aunque no siempre sus apellidos. Para la segunda mitad del s. XVII, el significado del vocablo se amplía y adquiere un carácter ambiguo; en tanto señora de la élite indígena y mujer que ejercía funciones de gobierno en pueblos de indios.

India gobernadora de Ambato

 

En el s. XVIII cacica se restringió a un término que señalaba a una indígena que reclamaba o tenía funciones de gobierno o sea una mujer que cumplía labores equivalentes a las de un cacique varón. Para ese momento designar a una india de la élite, se usaba el apelativo doña, pero si se trataba de una mujer indígena con autoridad política se usaba el título cacica. A diferencia de los registros anteriores donde se hablaba de la “india cacica”, en el s. XVIII se decía solamente cacica. En ese momento se reduce el significante de la palabra y el término perdió su naturaleza dual para estrechar su contenido; entendido como una mujer que gobierna. El nuevo alcance lingüístico del vocablo cacica, empezó a generar disputas, porque hacía referencia a una mujer que tenía poder político. Se abrió una controversia sobre quién tenía el derecho de aportar ese apelativo. Una prueba del nuevo uso de la palabra cacica, es que cuando se hacía referencia a una mujer en general, los testigos y jueces las nombran como la mujer de…un varón, pero a las cacicas se les nombra: “doña” y “cacica”, seguido del nombre completo con todos sus apellidos. Además, en el lenguaje de los expedientes no se emplea la expresión mujer cacique, se adopta el término cacica, mostrando la acepción femenina del título. En los documentos los indios del común, funcionarios coloniales y otros caciques usan la palabra cacica. Un dato adicional, es que según indica Segundo Moreno en la Audiencia en el siglo XVIII el término cacique “que designaba un cargo administrativo pasó a indicar una categoría social” (1985, 390).

 

En los juicios las cacicas se llaman a sí mismas “cacica principal” para subrayar su lugar social. Las cacicas para ratificar que cumplían idénticas labores que los varones, se referían a ellas diciendo “como dueña del pueblo y defensora que soy constituyda a favor de mis pobres indios”[3] e insistían en ser una “cacica legítima”.[4] Las autoridades, sobre todo los Protectores de indios se refieren a ellas como “cacica y señora” los funcionarios equiparan en su lenguaje las funciones y privilegios de cacicas y caciques.[5] Por ejemplo, enuncia el Protector de la Villa de San Miguel de Ibarra que en una parcialidad de Tulcanazas la comunidad se hallaba “totalmente sin cacique ni cacica”.[6] La resignificación de la expresión cacica mostraba que ellas habían ganado un espacio político, diferente a los siglos precedentes. Otro funcionario, hablando a favor de la cacica Antonia Tocagón, en una parcialidad de Otavalo, pide a las autoridades se resuelva el caso “para resguardo de esta cacica y su comunidad”.[7] El corregidor del pueblo de Tulcán, en la posesión de la doña María García Tulcanasa, se dirige a los indios de la parcialidad diciéndoles que él le entregó el “señorío de dicha parcialidad y poniéndola en posesión para que así la obedezcan y tengan por tal señora y cacica de ellos.[8]

 

Las comunidades indígenas también habían incorporado en su repertorio el renovado significado de cacica. Cuando la comunidad admitía una cacica, se referían a ella, diciendo: “nuestra señora, mi cacica y gobernadora, indio sujeto a la cacica […]” Los indios de Quero “decimos que doña María Morales Cabuco, nuestra cacica”.[9] En otro caso se dice “como es público y notorio bajo la proclama de la dicha nuestra cacica por quien suplicamos a Vuestra Majestad se sirva de conservarla en la posición de su cacicazgo”.[10]

 

Ese cambio en el empleo y sentido de la palabra cacica, se nota en los juicios cuando la contrapartes de las cacicas, cuestionaban que ellas fueran una verdadera cacica y o que se trataba de un rotulo inventado para persuadir a los jueces. Por eso se solicita a los tribunales se examine “a la india, no a la cacica”. De doña Antonia Cando, exponía el corregidor que ella se comportaba “jactándose con arrogancia de que como Reyna y cacica”[11]. Sobre doña Micaela Hati Mollacana se dice que se comportaba “autorizada únicamente con el nombre de que fue cacica, que suena mucho”.[12] A su vez, las relaciones de género coloniales obligaban a que las cacicas por ser “una muger ni puede ser principal ni mandona sino cacica”[13] Es decir, ellas no podían cumplir labores subalternas “por razones de su sexo” por lo tanto debían ser necesariamente la máxima autoridad del cacicazgo. Las cacicas no cobraban directamente tributos, en ningún caso se encontró la figura de mujeres mandonas o cobradoras de tributos.

 

Finalmente, al seguir la historia de la voz cacica se prueba que la presencia de las gobernadoras en el s. XVIII no era una rareza, sino un hecho conocido. La potencia que tomó la palabra se nota en las discrepancias que producía. Cuando se llenó de un contenido político, cacica se convirtió en una palabra en disputa, tensión que evidencia la emergencia de unas nuevas protagonistas de la vida pública en las comunidades indígenas e indica la inauguración de un nuevo capítulo en el gobierno de los cacicazgos. Es decir, el “lenguaje revela sistemas completos de significado o de valor, no solo de cómo piensa la gente sobre temas concretos, sino también de cómo entienden la organización de sus vidas y del mundo” (Scott y Ferrandis, 1989, 88)

Referencias

Documentos

Serie Cacicazgos

Caja 33, Exp 57, 1769.

Caja 19. Exp 6, 23 de febrero de 1781.

Caja 19. Exp 71, 4 de marzo de 1782.

Caja 6, Exp 2, 1741.

Serie Indígenas.

Caja 21. Exp 10, 5 de junio de 1694.

Caja 49. Exp 26, ff 3, 3 de marzo de 1738.

Caja 36. Exp 2, ff 1, 10 de septiembre de 1720.

Caja 85. Exp 5, 25 de octubre de 1766.

Caja 39. Exp 4, 1 de agosto de 1724.

Caja 49. Exp 26, 3 de marzo de 1738.

Notarial, Sección Protocolos

Notaría 3, Caja 7, Escribano Bernardo Espinosa de los Monteros, ff.327r.-329r. Testamento de Joan del Corro, Hijo de una cacica, 1679-1683.  ANE Notarial, Sección Protocolos,

Notaria 1, Caja 236, ff.107r.-108v. Testamento de doña Francisca, 1680-1683.ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaria 1, Caja 236, ff.109r.-110v.

Testamento de doña Mariana Pallo, 1680-1683.ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaria 1, Caja 236, ff.24v.-26v.

Testamento de Joana de Bastidas, 1680-1683.ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaría del cantón de Latacunga, Caja 18, Luis de Cabrera y Damián Granja, ff.405v.-407v. Poder para testar de Mencia Inga, 1680-1688.

Citas

[1] Archivo Nacional del Ecuador, Fondo Cacicazgos. Caja 33, Exp 57, 1769. En adelante se citará como ANE.

[2] ANE. Notarial, Sección Protocolos, Notaría 3, Caja 7, Escribano Bernardo Espinosa de los Monteros, ff.327r.-329r. Testamento de Joan del Corro, Hijo de una cacica, 1679-1683.  ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaria 1, Caja 236, ff.107r.-108v. Testamento de doña Francisca, 1680-1683.ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaria 1, Caja 236, ff.109r.-110v. Testamento de doña Mariana Pallo, 1680-1683.ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaria 1, Caja 236, ff.24v.-26v. Testamento de Joana de Bastidas, 1680-1683.ANE Notarial, Sección Protocolos, Notaría del cantón de Latacunga, Caja 18, Luis de Cabrera y Damián Granja, ff.405v.-407v. Poder para testar de Mencia Inga, 1680-1688.

[3] ANE. Serie Cacicazgos. Caja 19. Exp 6, 23 de febrero de 1781.

[4] ANE. Serie Indígenas. Caja 21. Exp 10, 5 de junio de 1694.

[5] ANE. Serie Indígenas. Caja 49. Exp 26, ff 3, 3 de marzo de 1738.

[6] ANE. Serie Indígenas. Caja 36. Exp 2, ff 1, 10 de septiembre de 1720.

[7] ANE. Serie Indígenas. Caja 85. Exp 5, 25 de octubre de 1766.

[8] ANE. Serie Indígenas. Caja 36. Exp 2, ff 2, 10 de septiembre de 1720.

[9] ANE. Serie Indígenas. Caja 39. Exp 4, 1 de agosto de 1724.

[10] ANE. Serie Indígenas. Caja 39. Exp 4, 1 de agosto de 1724.

[11] ANE. Serie Indígenas. Caja 49. Exp 26, 3 de marzo de 1738.

[12] ANE. Serie Cacicazgos. Caja 19. Exp 71, 4 de marzo de 1782.

[13] ANE. Serie Cacicazgos. Caja 6, Exp 2, 1741.

Imágenes:

Tomadas del libro Imágenes de identidad, acuarelas quiteñas del siglo XIX. Quito: Fonsal, 2005.

Sobre la autora:

Paula Daza Tobasura es historiadora, magíster en Estudios Latinoamericanos y doctora en Historia de los Andes de la FLACSO- Ecuador. Se interesa por los estudios coloniales , especialmente por la relación de las mujeres y la política. Un avance de la investigación sobre las cacicas de la Audiencia de Quito, se puede encontrar en la revista Fronteras de la Historia, v.21, n.2 (2016). Su tesis doctoral puede ser consultada aquí: https://repositorio.flacsoandes.edu.ec/handle/10469/15241

Cómo citar esta entrada:

Daza Tobasura, Paula. “Ser una cacica”.  En Blog los reinos de las Indias. Sección Mundus Alter, n.30. Publicada el 17 de noviembre de 2020. https://losreinosdelasindias.hypotheses.org/2146

 

Natalia Silva Prada

Especialista en historia cultural del periodo colonial americano. Doctora en Historia por El Colegio de México. Autora de Pasquines, cartas y enemigos. Cultura del lenguaje infamante en Nueva Granada y otros reinos americanos, siglos XVI y XVII (2021), Del arte de las escrituras antiguas (2018); 'Los Reinos de las Indias' y el lenguaje de denuncia política en el mundo Atlántico (s.XVI-XVIII) (2014); La política de una rebelión: los indígenas frente al tumulto de 1692 en la ciudad de México (2007); William Lamport, rey de las Américas y Emperador de los mexicanos (2009). Otros libros de su autoría y sus artículos de investigación científica pueden consultarse en https://loc.academia.edu/Natalia Silva Prada Es gestora y autora de los blogs: Los Reinos de las Indias, Paleografías Americanas y Love Cooking, Love History.

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Natalia Silva Prada (17 de noviembre de 2020). mundus alter 30: ser una cacica. por paula daza. Los Reinos de las Indias. Recuperado 15 de octubre de 2024 de https://doi.org/10.58079/r0q7


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